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Por María Isabel Triviño , 2 de septiembre de 2021

Essal arriesga multas de hasta $94 millones por descarga de aguas servidas al Rahue

  Atención: esta noticia fue publicada hace más de 3 años
Fuente: SISS Los Lagos.
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Jefe de la Oficina Regional de Los Lagos de la SISS explicó por qué no correspondía que la sanitaria abriera la válvula, que generó el vertimiento a la altura del puente Chaurakawin, en la ciudad de Osorno.

Una investigación a Essal abrió la Oficina Regional de Los Lagos de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS), a raíz de la descarga de aguas servidas al río Rahue y por no haber informado de ésta, según informó el jefe de esta repartición, Juan Alberto Ancapán Arriagada, quien constató en terreno la denuncia que recibieron por parte de la Red Ambiental Ciudadana de Osorno.

Este miércoles 1 de septiembre, el presidente de esta agrupación, Ricardo Becerra Inostroza, había criticado que desde el ducto de empresa sanitaria se registraba esta “situación de contaminación hídrica”, la que indicó se ha producido en repetidas oportunidades en ese lugar del sector Ovejería de esta ciudad.

Al respecto, Juan Ancapán  confirmó que ese día, a las 14:30 horas, “estaba semi abierta la válvula, lo que posibilitaba que pasara parte del agua (servida) hacia un by pass que tiene (Essal) en el puente Chaurakawin, con una cámara de inspección pública y después sigue el circuito hacia el río”.

En este contexto, explicó que Essal abre dicha válvula (u otras ubicadas en la ciudad) cuando debido a lluvias intensas los colectores se llenan de aguas servidas y colapsan en los puntos bajos, pudiendo generar problemas a las plantas elevadoras.

Pero el jefe de la oficina regional de la SISS afirmó que este miércoles “las condiciones no lo ameritaban, a la vez que agregó que pudo verificar que Essal hizo la maniobra respectiva, para revertir el desvío de aguas servidas hacia el río.

MULTAS

Consultado respecto de las multas que arriesga la sanitaria, Juan Alberto Ancapán comentó que, de acuerdo a la Ley 18.902 artículo 11, cuando se trate de una infracción por deficiencias en la calidad de servicio, como lo ocurrido en este caso en que Essal no condujo toda el agua servida a la planta elevadora, el rango es de 1 a 50 Unidades Tributarias Anuales (UTA), que a este mes de septiembre tiene un valor de $631.572.

Asimismo afirmó que, a diferencia de ocasiones anteriores, “la empresa no informó de esa activación”, aun cuando las instrucciones de la SISS señalan que las empresas sanitarias del país deben comunicar al jefe regional “todas las contingencias, una vez que se tome conocimiento de ellas”, primero por teléfono y luego ratificarlas vía correo electrónico.

En relación a este último punto, el jefe de la oficina regional de la SISS añadió que la normativa contempla otra sanción monetaria si se incumplen órdenes escritas y requerimientos, la que va desde 1 a 100 UTA. 

  

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