Política
Por María Isabel Triviño , 30 de noviembre de 2021Corte de Valdivia rechaza recurso presentado por alcalde de Purranque
Atención: esta noticia fue publicada hace más de 2 añosCésar Crot interpuso la acción legal luego que una radio local divulgara el audio de una conversación privada, que el jefe comunal había sostenido con un tercero.
En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó el recurso de protección interpuesto por César Crot Vargas, alcalde de la comuna de Purranque, en contra de Proyecto e Inversiones Erwin David Pérez Monje E.R.LI. y de Erwin David Pérez Monje, comunicador social y representante legal de Radio Celinda.
La información del tribunal de alzada señala que la acción legal fue presentada por Crot luego que la citada emisora divulgara a principios de octubre de este año un audio en el que, durante una conversación privada con un tercero, el jefe comunal se refería entre otras cosas, a temas políticos controversiales de otro candidato durante el periodo de campaña electoral.
En el fallo se sostiene que, en esta controversia, la pregunta que debe efectuarse este tribunal es "qué tiene más valor, si la protección de la honra del recurrente, o la libertad de expresión y el conocimiento público de ciertos hechos, en este caso, dichos, que el actor reconoce como veraces”.
El texto añade que “a la luz de las alegaciones vertidas y antecedentes acopiados al recurso, apreciados…, claramente aparece que el valor mayor en el caso en comento es el de la libertad de expresión”.
En el dictamen se explica que los dichos son efectivos y poseen una clara connotación e interés público, ya que dan cuenta de la opinión expresada por el entonces concejal Crot respecto de un establecimiento educacional y de los supuestos apoyos recibidos a su candidatura, realizados en periodo eleccionario.
El tribunal afirma que ello se relaciona con que la ciudadanía conozca el mayor número de antecedentes y opiniones del respectivo candidato, estimando que esto pudiera tener impacto en el necesario control ciudadano respecto de quienes desempeñan una función pública, más aún si este postulante fue elegido como máxima autoridad comunal.
Asimismo, la Corte de Apelaciones de Valdivia sostiene que lo contrario “conlleva el riesgo, que el actor pretenda obtener una verdadera y amplia censura previa del medio respectivo, en este caso una radioemisora, al solicitar que no se realicen nuevas publicaciones en su contra en el porvenir, lo cual no resulta atendible desde la perspectiva de la tutela constitucional de derechos fundamentales”.