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Por Gerardo Pavez , 6 de mayo de 2021A ley norma que evita corte de suministros básicos por mora
Atención: esta noticia fue publicada hace más de 3 añosLa iniciativa extiende, desde el 7 de mayo hasta el 31 de diciembre el plazo para que las empresas proveedoras de servicios sanitarios no corten el suministro por no pago.
Por 132 votos a favor, cinco en contra y dos abstenciones, la Cámara de Diputadas y Diputados ratificó, en general y en particular, la propuesta proveniente del Senado (boletines 14163 y 14172) que evita el corte de servicios básicos por mora, dejando el texto en posibilidad de pasar al Ejecutivo para su promulgación como ley
La iniciativa, en lo particular, prorroga los efectos de la Ley 21.249, que dispone, de manera excepcional, medidas en favor de los usuarios finales de servicios sanitarios, electricidad y gas de red.
La norma extiende, hasta el 31 de diciembre de 2021, el plazo para que las empresas proveedoras de servicios sanitarios, las empresas y cooperativas de distribución de electricidad, así como las distribuidoras de gas de red, no corten el suministro por mora.
El texto estipula que las deudas contraídas con las empresas de servicios sanitarios, eléctricos y de gas, generadas entre el 18 de marzo de 2020 y el 30 de noviembre de 2021, se prorratearán en el número de cuotas mensuales que determine el usuario a su elección, las que no podrán exceder las 48. En la actual normativa el plazo máximo es de 36 cuotas.
Requisitos y beneficiarios
Los requisitos para optar al beneficio son:
- Encontrarse dentro del 80% de vulnerabilidad del Registro Social de Hogares. La actual normativa contempla solo el 60% más vulnerable.
- Tener la calidad de adulto mayor.
- Estar percibiendo las prestaciones del seguro de desempleo.
- Estar acogido a la Ley de Suspensión del Empleo o a la celebración de un pacto de reducción temporal de jornada.
- Ser trabajador independiente o informal y expresar, mediante declaración jurada simple, que está siendo afectado por una disminución significativa de sus ingresos.
Serán beneficiarios de la ley:
- Usuarios residenciales o domiciliarios.
- Hospitales y centros de salud.
- Cárceles y recintos penitenciarios.
- Hogares de menores en riesgo social, abandono o compromiso delictual.
- Hogares y establecimientos de larga estadía de adultos mayores.
- Bomberos.
- Organizaciones sin fines de lucro.
- Microempresas
Antecedentes y Debate
Recordemos que el pasado 22 abril, la Sala de la Corporación aprobó y despachó al Senado otro proyecto, iniciado en mociones en la Cámara, que también busca evitar el corte de suministros básicos (boletines 14156 y 14157). El texto fue rechazado en el Senado, con el objetivo de pasar a una comisión mixta y resolver ahí las diferencias.
Según lo explicado por el diputado Jaime Naranjo (PS) en su informe, el llamado a rechazar este proyecto pasaba por llegar a un acuerdo entre ambas Cámaras del Congreso cuando, por ejemplo, se presentan dos iniciativas con ideas matrices prácticamente iguales. De esta manera, se buscaba aunar criterios sin privilegiar ninguna moción por sobre la otra.
Finalmente, las y los parlamentarios optaron por aprobar el texto proveniente del Senado, para dar una solución inmediata, ya que los plazos de la actual normativa están a punto de vencer.
En la sesión participó el Ministro de Minería y Energía, Juan Carlos Jobet, quien aseguró que, desde marzo del año pasado, los chilenos no se han visto afectados por el corte de suministros, pero que es necesario extender la prórroga, porque precisamente durante esta jornada vencen los plazos de la normativa vigente.
Por ello, hizo un llamado a apoyar el proyecto que proviene del Senado, para agilizar el trámite y minimizar los tiempos en beneficio de los usuarios. Recalcó que la única diferencia entre lo aprobado en el Senado y la Cámara es el mes adicional que se les da a los consumidores para evitar el corte de suministros.