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Por Gerardo Pavez , 8 de octubre de 2020Avanza proyecto para postergar cuotas de créditos hipotecarios
Atención: esta noticia fue publicada hace más de 4 añosLas y los diputados respaldaron la iniciativa del Ejecutivo que provee de una garantía estatal para caucionar el pago de las cuotas postergadas.
En intensa sesión, que dejó satisfechos a las y los diputados, la Comisión de Economía aprobó y despachó a Sala el proyecto que permite la postergación de cuotas de créditos hipotecarios y crea una garantía estatal para caucionar el pago de las cuotas postergadas.
La discusión del texto (boletín 13.809) con urgencia calificada de “suma”, contó con la presencia de representantes del Ejecutivo, encabezados por el ministro de Hacienda, Ignacio Briones, quien agradeció a las y los parlamentarios por la tramitación, junto con destacar los principales ejes de acción de la iniciativa.
“Siempre es necesario dar las gracias y más cuando se trata de recordar, además, la importancia de este proyecto que busca facilitar la situación de miles de personas que tienen complicaciones para pagar sus respectivos dividendos. Aquí hay un importante esfuerzo fiscal”.
En sus fundamentos, el mensaje del Ejecutivo señala que la crisis sanitaria y financiera ha afectado profundamente al país por la pandemia por Covid-19, especialmente los ingresos que reciben una gran cantidad de personas.
Por ello, el proyecto de ley establece que las personas que tengan deudas garantizadas por una hipoteca con determinados acreedores pueden solicitar un crédito especial denominado «crédito de postergación», con el objeto de pagar cuotas de sus créditos hipotecarios, permitiendo que dichos deudores no tengan que pagar las cuotas hipotecarias durante el actual período de crisis financiera.
En cuanto al acceso a este crédito, se establecieron ciertos requisitos, tales como: solo pueden ser otorgados por bancos, cooperativas de ahorro y crédito, agentes administradores de mutuos hipotecarios endosables, acreedores de los mutuos otorgados por los mencionados agentes administradores, y compañías de seguros.
Además, el crédito debe tener por objeto exclusivo el pago de determinadas cuotas de un crédito hipotecario vigente con el mismo acreedor y solo podrá usarse para pagar cuotas completas y consecutivas de un crédito hipotecario. En cuanto a la tasa de interés, deberá ser igual o menor al crédito hipotecario original y, por último, estará exento del impuesto de timbres y estampillas.
El texto, que será informado por el diputado Jaime Naranjo (PS), ahora deberá ser analizado por la Comisión de Hacienda.