Actualidad
Por Gerardo Pavez , 9 de septiembre de 2020

Condenan a dos acusados por saqueos durante estallido social

  Atención: esta noticia fue publicada hace más de 4 años
Compartir

Se acogió la tesis de la Fiscalía en orden de condenar por dos delitos de robos a uno ellos, delitos que se cometieron bajo la modalidad de saqueo.

Veredicto condenatorio emitió el Tribunal Oral en lo Penal de Puerto Montt respecto de dos sujetos a quienes la Fiscalía acusó de haber participado en saqueos ocurridos durante el contexto de las manifestaciones sociales de octubre de 2019. El Fiscal de Sistema de Análisis Criminal y Focos Investigativos, SACFI Los Lagos, Marco Muñoz Becker, sostuvo la acusación de estas dos personas durante el juicio oral y señaló que se “acogió la tesis de la Fiscalía en orden de condenar por dos delitos de robos a uno ellos, delitos que se cometieron bajo la modalidad de saqueo”. Respecto del segundo acusado el veredicto fue condenatorio por delito de hurto.

     Uno de los aspectos a los que hizo referencia el Fiscal Muñoz es que si bien se dictó condena, en esta oportunidad el Tribunal Oral en lo Penal “rechazó la tesis planteada por la Fiscalía en orden a que el delito concurría la circunstancia agravante 12 N°10 del Código Penal”, que incorpora el haberse cometido el delito con ocasión de tumulto o conmoción popular. Este aspecto, dijo el persecutor, se podrá “analizar una vez teniendo en la sentencia a la vista las razones que tuvo el tribunal para rechazar dicha circunstancia agravante de responsabilidad penal”.

      Tras analizar la prueba testimonial, pericial, material y documental aportada por la Fiscalía, fue condenado el acusado Luis Arnoldo Yáñez García, en calidad de autor de dos delitos consumados de robo con fuerza en las cosas en lugar no habitado. Respecto del acusado Cristian Angel Calapai Jara, la condena obtenida es en calidad de autor, de un delito tentado de hurto.

     Los hechos que se tuvieron por establecidos ocurrieron el 21 de octubre de 2019, aproximadamente a las 15:30 horas, en el contexto de las manifestaciones y desórdenes públicos que se verificaron en el sector céntrico de la ciudad de Puerto Montt. Un grupo de sujetos, aprovechando el actuar en tumulto, entre ellos, el acusado Yáñez García, concurrieron hasta el supermercado Unimarc ubicado en Paseo Talca, de Puerto Montt, y tras violentar los mecanismos de protección forzando la cortina metálica protectora de las vías de acceso, ingresaron y sustrajeron mercadería y artículos que se comercializan en el lugar, para luego huir con las especies sustraídas. Más tarde ese mismo día, alrededor de las 19:40 horas, el acusado, concurrió hasta la Tienda Ripley, en el Mall Costanera, donde un grupo de forzó la cortina metálica e ingresaron en tumulto hasta el interior, procediendo Yáñez García a sustraer diversas especies, con las cuales se dio a la fuga.

      Con la prueba de la Fiscalía, se comprobó que el acusado Cristian Angel Calapai Jara ingresó también a la tienda Ripley, tratando de apropiarse de tres jeans, dos camisas y dos blusas, momentos en el que es sorprendido por personal de carabineros, quienes le detienen.

       Las diligencias desarrolladas en este caso incorporaron metodologías que forman parte de las técnicas de investigación propias del análisis criminal y fueron llevadas adelante por personal de la Brigada de Robos de la PDI de Puerto Montt, “y con ocasión de las diligencias investigativas realizadas por la policía, se logró identificar a uno de los imputados a quien la Fiscalía formalizó en su oportunidad, acusó y llevó a juicio oral, obteniendo condena”, destacó el Fiscal Marco Muñoz.

      La comunicación de la sentencia, en que se dará a conocer la pena que deberán cumplir los condenados, quedó fijada para el 12 de septiembre de 2020, a las 20.00 horas, en audiencia que se realizará a través del sistema de videoconferencia.

 

Si te interesa recibir noticias publicadas en Diario De Puerto Montt, inscribe tu correo aquí
Si vas a utilizar contenido de nuestro diario (textos o simplemente datos) en algún medio de comunicación, blog o Redes Sociales, indica la fuente, de lo contrario estarás incurriendo en un delito sancionado la Ley Nº 17.336, sobre Propiedad Intelectual. Lo anterior no rige para las fotografías y videos, pues queda totalmente PROHIBIDA su reproducción para fines informativos.
¿Encontraste un error en la noticia?
Diario de Puerto Montt | Fono: (065) 2281000 | Email: puertomonttdiario@gmail.com

Powered by Global Channel