Avisos legales
Fecha: 26 de diciembre de 2023
Notificación Demanda Cuidado Personal y Alimentos
Demanda rebaja de alimentos RIT C-462-2022 "Yutronich con Cortés"

Juzgado de Familia Puerto Varas, ubicado en Calle Estación N°120, Puerto Varas, en causa sobre Rebaja de Alimentos, RIT: C-462-2023, caratulada “YUTRONICH/CORTÉS”, notifica de conformidad a lo prevenido en artículo 54 Código de Procedimiento Civil a SOLANGE IVONNE CORTÉS EBNER, RUN N° 10.506.614-7, de la demanda interpuesta en su contra por MARCO ANTONIO YUTRONICH BARRIENTOS, RUN N° 10.889.140-8, quien el 03 de Julio de 2023 solicita En Lo Principal: Demanda de rebaja de alimentos menores; Primer Otrosí: Acompaña documentos; Segundo Otrosí: Solicitud realización de audiencia vía remota; Tercer Otrosí: Forma especial de notificación; Cuarto otrosí: Patrocinio y poder. El Tribunal tiene por interpuesta demanda la demanda de rebaja de pensión de alimentos, confiriendo traslado, teniendo por acompañados los documentos y presente el patrocinio conferido, citando audiencia preparatoria para día 01 de Febrero de 2024 a las 09:30 horas en la sala 1 ante este Tribunal. La audiencia se celebrará con las partes que asistan, afectándole a la que no concurra todas las resoluciones que se dicten en ella, sin necesidad de ulterior notificación, ello de conformidad al artículo 59 de la Ley N°19.968 y con la finalidad de evitar la dilación innecesaria del proceso pudiendo concluir el conocimiento del asunto en una única audiencia, las partes podrán acompañar a la audiencia decretada medios de prueba, como: antecedentes relativos a la capacidad económica de las partes, informe social, certificado de matrimonio, certificados de nacimiento de hijos en común y de aquellos nacidos de relaciones con terceras personas, copia de contratos de trabajo, arrendamiento, certificados de cotizaciones, renta y boletas de honorarios. La parte demandada deberá contestar la demanda por escrito, con a lo menos cinco días de anticipación a la audiencia preparatoria, cumpliendo los requisitos del artículo 57 de la ley 19.968, si desea reconvenir deberá hacerlo de la misma forma, conjuntamente con la contestación de la demanda y cumpliendo con los requisitos establecidos en el citado artículo. Puerto Varas, seis de diciembre de dos mil veintitrés.

Enlace de este aviso: http://www.diariodepuertomontt.cl/legales/demanda-rebaja-de-alimentos-rit-c-462-2022-quotyutronich-con-cortesquot/3719/2023-12-26

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31 de diciembre de 1969
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